lunes, 13 de junio de 2011

CONVENIOS DE RESIDENCIAS ESTUDIANTILES. Proyecto Concejal Bazán

IMPULSAR LA FIRMA DE CONVENIOS CON UNIVERSIDAD NACIONAL DEL LITORAL AÑO 2012.
Proyecto de Ordenanza impulsado por el Concejal Bruno Bazán FPCYS-PS.-
VISTO:
La necesidad de aplicar una política de becas que haga a un crecimiento en la oferta educativa para sanjavierinos que deseen continuar con estudios universitarios.
CONSIDERANDO:
Que la Universidad Nacional del Litoral cuenta con convenios para acceder a las Residencias estudiantiles, convenios que se deben firmar entre Universidad y Municipalidad.
Que al firmar dichos convenios, estudiantes de la Ciudad de San Javier con imposibilidades económicas podrán acceder a una Carrera Universitaria que propone la Universidad Nacional del Litoral.
Que al momento de firmar dichos acuerdos entre las partes mencionadas en el anterior considerando, jóvenes de la Ciudad de San Javier podrán acceder a Residencias estudiantiles tanto en la Ciudad de Santa Fe, como en la Ciudad de Esperanza. Estas dos Ciudades últimas mencionadas son donde accede gran sector de los estudiantes por las carreras universitarias que allí se dictan.
Que hasta el momento la Municipalidad de San Javier no ha celebrado ningún convenio con la Universidad Nacional del Litoral, y que creemos necesario que para el próximo año 2012 exista esta oportunidad para los estudiantes que finalizan sus estudios secundarios y de esta manera permitir una continuidad en la extensión académica de los jóvenes sanjavierinos.
Que el objetivo principal de este proyecto de ordenanza es establecer una acción coordinada que permita el intercambio, la difusión, y la promoción de actividades que hagan al desarrollo cultural, y a la extensión universitaria lo que en el transcurso de los años nos ira posicionando en una sociedad más critica y con mayores oportunidades colectivas.
Que este proyecto proporcionara una acción concreta en base a la necesidad que hoy por hoy tenemos en nuestra Sociedad, y no debemos ver la inversión económica que hará el municipio como un gasto, sino todo lo contrario es una inversión que tendrá efectos altamente positivos en el transcurrir de muchísimos años.
Que con la aplicación de esta ordenanza estaremos dando cumplimiento a lo que enuncia el artículo 2 de la Ley de Educación Nacional nº 26.206 que enuncia: “La educación y el conocimiento son un bien público y un derecho personal y social, garantizados por el Estado”.
Por todo ello el Bloque de Concejales FPCYS – PS, eleva el siguiente Proyecto de Ordenanza:
Artículo 1: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal la firma de Convenios con la Universidad Nacional del Litoral referido a Residencias Estudiantiles para el año 2012.
Artículo 2: Los convenios a firmarse deben ser en un número mayor o igual a 9, en un marco inicial para tenerlo como prueba, lo cuales deberán ascender en los años posteriores si dan buenos resultados dichos convenios.
Artículo 3: Los beneficiados serán los alumnos que finalicen el 5º año en las distintas escuelas secundarias de San Javier.
Artículo 4: La selección de los becados se hará a través de un examen general, y los alumnos con mayor puntaje accederán a las becas, estos además deberán prestar constancia de su situación económica real y será evaluada por la secretaría de Educación de la Municipalidad. Para acceder a este beneficio será fundamental el certificado de buena conducta.
Articulo 5: El seguimiento de los alumnos becados estará a cargo de los coordinadores del Plan Convenios UNL, quienes a fin de años informarán a la Secretaría de Educación de la Municipalidad la situación del alumno becado, y de allí saldrá si el beneficiario continuará o no con la beca.
Artículo 6: El pago de los convenios los hará la Municipalidad de la Ciudad de San Javier, y deberán estar previstos en el cuadro de erogaciones del Presupuesto anual. El Honorable Concejo Deliberante aprobará la inversión que demande la firma de los convenios. La Municipalidad de San Javier también podrá acceder a realizar acuerdos con empresas privadas, Instituciones, que quieran ser “PADRINOS” los cuales realizaran aportes económicos para llevar adelante los convenios. De efectuarse los acuerdos últimos mencionados deberán ser por el lapso de un año.
Artículo 7: Los becados deberán estar dispuestos para cuando la Comunidad los convoque para grandes actividades solidarias, siendo está una forma de devolver el beneficio que estará entregando en forma conjunta la sociedad de San Javier.
Artículo 8: De forma.-
Bruno Bazán
Concejal F.P.C.Y.S
Partido Socialista

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