lunes, 31 de mayo de 2010

Concejal Bruno Bazán participa de la Asamblea Ciudadana Nodo Santa Fe




El gobernador Hermes Binner presidirá mañana, en la ciudad de Santa Fe, la primera Asamblea Ciudadana del año 2010. En la oportunidad, se presentarán los avances de los proyectos contenidos en el Plan Estratégico Provincial concernientes a la Región 3 y, a partir de la conformación de grupos por temas centrales, ciudadanos, autoridades locales, funcionarios provinciales y diversos actores sociales, trabajarán sobre las acciones necesarias para concretar en conjunto las iniciativas consensuadas.

De este modo, se dará inicio a la primera ronda de asambleas ciudadanas que se llevarán a cabo en las cinco regiones de la provincia durante 2010.

Del encuentro, que se llevará a cabo a partir de las 17:30 en la escuela Normal N° 32 “José de San Martín”, Saavedra 595, de la ciudad de Santa Fe, participará el gabinete de ministros, junto a otras autoridades provinciales, municipales y comunales, entre ellos el Concejal de la Ciudad costera de San Javier Bruno Bazán.
Las Asambleas Ciudadanas son un ámbito de participación amplio y plural, donde ciudadanos, junto a representantes de instituciones y organizaciones de la sociedad civil, se reúnen con autoridades provinciales y locales para pensar juntos el futuro de la región.


EN EL CONCEJO DELIBERANTE DE SAN JAVIER SE REALIZAN LOS TRÁMITES PARA LA REGULARIZACIÓN DOMINIAL



Los días lunes y martes en las oficinas del Concejo Deliberante de San Javier, Zulma Cantero esta realizando los trámites para la REGULARIZACIÓN DOMINIAL.

¿Que busca el programa de Regularización Dominial?
Este programa busca sanear legalmente las situaciones de las personas que poseen inmuebles. En este marco se trabaja para que las familias adquirentes pasen a ser propietarios del lote sobre el que construyeron su vivienda única. Reafirmando el derecho de las personas y sus familias a la tierra, a la vivienda y a la Ciudad.
¿Cuándo se puede iniciar el trámite de regularización?
1) Cuando la posesión es de un inmueble cuyo destino principal sea de casa habitación única y permanente
2) Cuando la posesión es pública a la vista de todos; Pacífica sin violencia sobre el lote y/o las personas

¿Quienes pueden regularizar?
El poseedor originario
La esposa o esposo y sucesores del poseedor originario que hayan continuado la posesión del inmueble.
Los que sin ser herederos hubiesen convivido con el poseedor originario, recibiendo trato familiar.
Los que continuaron con la posesión a través de un acto legítimo (transferencia de boleto o cesiones).

PARA MAYOR INFORMACIÓN TE INVITAMOS A QUE TE ACERQUES LOS LUNES Y MARTES EN LOS HORARIOS DE 08:00 hs. A 12:00 hs. EN EL CONCEJO DELIBERANTE.
PREGUNTAR POR:
Zulma Cantero.-


miércoles, 26 de mayo de 2010

DESFILE BICENTENARIO



En un marco de gran público se desarrollo en Desfile, que tuvo como protagonistas a todas las Escuelas primarias y secundarias, Jardines de Infantes, Instituciones, agrupaciones tradicionalistas, Policía, Bomberos Voluntarios.
El Concejal Bazan acompaño en el desfile a la Institución de la cual forma parte, que es la Asociación Internacional de Clubes de Leones, con más de 43 años de servicio en la Localidad de San Javier con reconocimiento a nivel Distrital y Nacional.
Un desfile de varias cuadras donde se podía apreciar a los que desfilaban escuchando su reseña histórica.



(fotos extraídas de www.sanjavierenreflejos.com.ar)

ACTO OFICIAL BICENTENARIO DE LA PATRIA

Los festejos centrales para conmemorar los 200 años de la Patria dieron inicio con el Tedeum, que se realizó en la Parroquia San Francisco Javier, todas las Autoridades se hicieron presentes.
Terminada la Celebración Religiosa, El Sr. Intendente Mario Migno acompañado por las demás Autoridades se trasladaron a la plaza para que de inicio al Acto oficial, el palcón de Autoridades fue armado en las calles Gral. López y Alvear.

Acompañaron al Ejecutivo Municipal Legisladores Provinciales, el sub. Administrador de Vialidad Provincial Rafael De Córdoba, El Presidente del Concejo Marcelo Bugnon, los Concejales Bruno Bazan, Liliana Verano, y Carlos Goris. También estuvo el Jefe y Sub Jefe de la Unidad Regional XV del Departamento San Javier.

Queremos destacar que el izamiento del Pabellón Nacional lo hicieron integrantes de las Comunidades Aborígenes acompañados por el Secretario de Cultura, se llego al tope del mástil, con los fuertes aplausos de los asistentes.
Luego se descubrió una placa en el Busto del General San Martín, y el Intendente se dirigió a los presentes.
Para finalizar con el Acto los alumnos de la Escuela Nº 435, bailaron el pericón.


(Las imágenes fueron extraídas de www.sanjavierenreflejos.com.ar)

lunes, 24 de mayo de 2010

Cultura e inclusión social

Por Pablo Feldman

La proximidad del bicentenario invita a reflexiones que van más allá de la coyuntura, sin embargo las urgencias y miserias del momento limitan esa posibilidad sobre todo a aquellos que se han ofrecido a la ciudadanía para conducir sus destinos, con diferentes niveles de responsabilidad pero en principio con la misma vocación de servicio. Por casualidad, surgió en la semana de las vísperas de la celebración un atisbo de debate entorno a una obra que marcará el bicentenario, y a partir de ello, de las prioridades y deberes del Estado y por añadidura de un gobierno.

Un grupo de legisladores del peronismo está "preocupado" por el "Puerto de la Música", pero no porque temen que no se haga, sino por lo contrario. La voz cantante la llevó el ex socialista Oscar Urruty, quien además es arquitecto. El diputado cavallerista denunció por radio que "se desvían 5 millones de pesos del área de Seguridad para pagar los honorarios del arquitecto". En rigor lo que se hizo y lo explicó el Secretario de Información Publica Rubén Galassi en la misma radio, de manera inapelable ; es reconducir un partida de obras públicas que sería empleada para refaccionar la alcaidía de Rosario cuyo contratista desisitió de hacer la obra y otra de la cárcel de Piñero que estará finalizada para la primavera. Son alrededor de 5 millones de pesos que estaban presupuestados y que se utilizan dentro del mismo rubro del presupuesto. Sólo un ignorante o un mal intencionado puede sostener que "se saca dinero de seguridad para pagarle al arquitecto". Con ese criterio si el dinero de la partida hubiera correspondido a una refacción en un efector de salud, hubiera dicho "se saca dinero de salud", aunque probablemente se hubiera utilizado la remanida frase "no hay gasa en los hospitales y se hace tal obra...".

Lo cierto es que las obras de la alcaidía se harán cuando haya un nuevo llamado a licitación y cumpla con los requisitos el adjudicatario, y la cárcel de Piñero está pronto a ser terminada. Pero esos son detalles menores, lo importante sería discutir la oportunidad de la obra de Oscar Niemeyer, y el monto y la inversión.

En este punto sería bueno recordar que los que hoy se oponen al Puerto de la Música y se está hablando de los legisladores, no de los periodistas que viajan a ver ópera a Buenos Aires se oponían también a la construcción del nuevo Heca, orgullo de la salud pública de la ciudad. Y a propósito de eso, sería interesante que esos mismos dirigentes peronistas hicieran memoria sobre la construcción de hospitales en las gestiones precendentes. Por lo que puede verse, en estos dos años hay tres "Hecas" en plena construcción en Reconquista, Santa Fe y Venado Tuerto. Tres hospitales de alta complejidad. Y hay otros 5 que en poco tiempo se pondrán en marcha. Es decir más en estos años que los 25 anteriores.

El Puerto de la Música es una obra que distinguirá a Rosario. Este tipo de emprendimientos siempre generan polémica, y más si refieren a la Cultura. Recuérdese las críticas a la gestión municipal cuando se compró el "Teatro la Comedia". O del rescate del cine El Cairo. Para aquellos adoradores del superávit, se trata de gastos superfluos, para los que tienen donde ir y con qué ir, "hay cosas más importantes", como lloriquean por TV con cara chicos buenos. Y realidad puede ser que haya cosas más importantes, hay que ver para quiénes, y quién decide sobre el nivel de importancia. La Cultura promocionada desde el Estado supone inclusión social, y eso redunda en seguridad (que tanto alarma a la clase media) en salud, y fundamentalmente en educación. Por la formación y la trayectoria del autor del proyecto, y por el sustento y antecedentes de los funcionarios de la provincia, el Puerto de la Música no será una sucursal del Mozarteum. Será un complejo cultural multidiscipliario, abierto, popular y abarcativo. Se equivoca el gobernador Hermes Binner si no salen sus ministros a refutar todas y cada una de las objeciones que se han hecho, no por que no haya alguna absolutamente razonable, sino porque hasta ahora lo único que se escuchó decir en detrimento de la obra es que "con esa plata se podría hacer...". Y lo que suele pasar es que los gobiernos que no hacen este tipo de obras tampoco tienen gasa en los hospitales ni les pagan buenos sueldos a sus empleados.

Que salga el Ministro de Trabajo a recordarle a los legisladores especialmente los peronistas que fue este gobierno y no el suyo de 25 años el que abrió las paritarias, que eliminó el presentismo y que prefiere endeudarse antes que recortarle el salario a los trabajadores. El Ministro de Salud no necesita dar demasiadas explicaciones, no hay comparación posible con lo que hubo hasta hace un par de años. En Educación hay ahora un 15% más de matriculados en secundaria, 45% más de retención (que terminan la escuela) y la creación de 185 escuelas secundarias nuevas. En seguridad, bajar al 6,6 cada 100 mil habitantes el número de homicidios en Rosario, (en New York es de 8,8). Adecentar las prácticas policiales, eliminar el "gatillo fácil", evitar la instalación de bandas de secuestradores, y desmantelar los desarmaderos. Son algunos ejemplos en las áreas más sensibles. La contracara es el aumento de impuestos, las demoras en reformas estructurales y la limitación de recursos económicos. Ese costo el gobierno deberá afrontarlo, es lógico, Lo que no parece inteligente es que teniendo elementos para sostener su gestión (y en el caso del Puerto de la Música, la concreción de una obra que marcará un punto de inflexion en la historia de la ciudad y de Santa Fe), esté "padeciendo" su sostenimiento. Más allá de que haya mucho dinero disponible de donaciones comprometidas, y que a lo largo de los años que demande su construcción no afecte el presupuesto de manera significativa. Se trata de una obra que va a mejorar la calidad de vida de los ciudadanos, y a partir de esa convicción es que hay que hacérselo saber a todos. A los que creen que no es necesaria, y a los que entienden que las necesidades no estan únicamente relacionadas con los carencias sino también con lo que se puede ser más feliz.

fuente: Página/12 anterior | siguiente Domingo, 23 de mayo de 2010

Reprogramación de los festejos por el Bicentenario en San Javier

Según lo informado por el Secretario de Cultura Educación y Deporte de la Municipalidad de San Javier, los eventos que se encontraban previstos para este lunes 24 de mayo se posponen para el martes 25 de mayo a la tarde, debido a las malas condiciones climáticas.
Lo que estaba planificado era el "Paseo Bicentenario" en la Plaza San Martín con la muestra de artesanos y pequeños productores.
El acto central por los festejos de un nuevo aniversario de la Patria se empezaran a desarrollar a partir de las 08:45 hs de la mañana, cabe recordar que se hará el desfile con la presencia de centros tradicionalistas, instituciones sociales, escolares y deportivas.
Conociendo la gran importancia que tiene esta fecha para todos los argentinos, y el momento tan especial de celebrar 200 años de la República Argentina el Concejal Bazan, hace hincapié en que todos los Sanjavierinos participemos del Acto central, y de las actividades que se van a desarrollar
.

En caso de condiciones climáticas adversas el Acto Oficial se realizará en el salón de actos del Colegio San José Nº 1121, respetando día y horario.


El Senador Nacional Rubén Giustiniani visitará San Javier


El Senador nacional por el Partido Socialista, el próximo viernes 28 de mayo estará presente en la primera Ciudad de la Costa.
Hablará de su labor legislativa en la Cámara de Senadores de la Nación. Su charla apunta a un nuevo Proyecto de Ley donde se verán beneficiados muchos jubilados, y estarán encuadrados en lo que indica la Ley.
La presencia de legislador nacional está prevista para las 10:30 hs. en el salón del Club Social.

viernes, 21 de mayo de 2010

Para reflexionar sobre la importancia de las Politicas Públicas de Juventud


Siempre hablamos de la importancia de pensar en los jóvenes, de trabajar para ellos, y lo más importante seria trabajar con ellos.
Desde mi experiencia personal puedo decir que el participar activamente es una de las mejores maneras de preparar al joven para que se enfrente a la vida diaria. Ese enfrentar conlleva saber que no todo es como uno quiere, que debe formarnos para poder profundizar los cambios que tanto anhelamos. Que sí nos dejamos llevar por el tiempo, se nos puede cambiar a nosotros y tenemos que siempre pensar en ser los mismos pero en el ámbito político.-
Cuando escucho que muchos jóvenes se quejan porque no se les brinda espacio, es donde nos podemos encontrar con dos posiciones. Los que esperan por ese lugar haciendo un trabajo minucioso, y aquellos que esperan que las cosas vengan de arriba, me quedo con los primeros, pero el problema es que a veces los que hacen un trabajo minucioso no tienen muchas aspiraciones, sino que se quedan en el "yo colaboro de afuera nomás", me pregunto eso que es: ¿compromiso o ley del menor esfuerzo?. Yo cuando empecé a participar a meterme en las instituciones, ONG siempre busque superarme, siempre les dije a mis amigos que algún día yo quería ser Intendente, esto fue cuando yo estaba todavía en la Escuela Secundaria, estando dentro de una ONG, dije que quería llegar formar parte del Consejo Nacional de esa ONG y llegue, fui Presidente de Dto. Teniendo Clubes de servicio a mí cargo en seis provincias.
Y hoy soy Concejal, y en esta experiencia enriquecedora por cierto voy aprovechando la Oportunidad de conocerme más, de conocer mejor a los Ciudadanos.

También me veo en la obligación de generar espacios para los jóvenes. Porque a mi como joven el día que termine mi mandato me gustaría entregarle el lugar a otro joven, alguien igual que yo, si a un joven que seguro los más grandes van a desconfiar por su corta edad, su falta de experiencia, etc.

Pero ojala dentro de cuatro años yo le este dando la banca a un joven sanjavierino, para que podamos seguir construyendo verdaderas políticas publicas para jóvenes, yo a esta gran Oportunidad la tuve dentro del fpcys.
Por eso a todos les comparto un trabajo que es extenso, pero si elegimos la parte que se refiere al tema para que analicemos entre todos como desarrollamos las políticas para la juventud de San Javier y la Provincia.

Bruno Bazan

Concejal

Fpcys- PS


II. Perspectivas en la construcción

de políticas públicas de juventud

Aun es frecuente un amplio e indiferenciado uso del concepto de "política de juventud".

A veces basta con que en un país exista preocupación y ciertas acciones gubernamentales

dirigidas a las personas jóvenes, para considerarlas políticas de juventud. Esta

simplificación oculta la ausencia real de políticas e ignora que no sólo existen diferencias

de naturaleza entre política de gobierno y política de Estado, así como entre políticas y

planes de acción, además de las características propias de una política pública. Por otro

lado podemos reconocer políticas omisas, implícitas y explícitas.

1. Surgimiento de políticas públicas basadas en nuevos enfoques

Existen, al menos, seis factores que contribuyen a la emergencia de políticas públicas

basadas en nuevos enfoques4.

- El carácter disperso e inconcluso del aporte estatal en el campo social, como

consecuencia de la adopción de políticas de restricción del gasto ha puesto de

manifiesto que "lo social también es importante" en la agenda pública, como

también lo han venido señalando los organismos internacionales (BID, Banco

Mundial). Así emerge el reconocimiento de que se requiere de un compromiso

político para construir las nuevas dimensiones del Estado Social en los países.

- La transición demográfica en muchos países de América Latina coloca al grueso

de la población en los rangos de edad característicos de las personas jóvenes y

da lugar al planteamiento del bono demográfico que impulsa la inversión en

juventud y su valoración como actor estratégico.

- La existencia de un capital activo constituido por instituciones relacionadas con

políticas para poblaciones jóvenes en muchos de los países (entre ellas, los llamados

organismos oficiales de juventud), a las cuales corresponde organizar

equipos con capacidad de diseño y de presión política. Se cuenta con esquemas

novedosos de capacitación y de generación de nuevas rutinas institucionales que

incorporan avanzados y certeros paradigmas respecto a las personas jóvenes

para su incorporación al desarrollo nacional.

- El surgimiento de rectorías orientadas a poblaciones, derechos y diversidad,

donde se revisan las políticas de sectores, para incluir políticas de actores. Los

Estados han comenzado a responder con una nueva institucionalidad que presenta transformaciones frente a diversas situaciones y poblaciones y generan un

clima idóneo para la construcción de políticas de juventud.

- El avance del enfoque de derechos. El derecho internacional concerniente a los

derechos humanos ha establecido derechos individuales y colectivos en los ámbitos

civil, político, cultural, económico y social5. El enfoque de derechos ha tomado

gran fuerza en las últimas décadas y su avance ha sido globalizado, si bien

no es homogénea su incorporación por los Estados. Su aplicación reconoce a

las personas como sujetos de derecho, sin distingo de ninguna condición, permitiendo

una concepción de integralidad, no-discriminación (incluida la etárea)

e igualdad social. Esto incluye acciones de afirmación positiva para aquellas personas

que requieren de la restitución de los derechos que les han sido negados

por encontrarse en desventaja social o pertenecer a alguna minoría. Dicho

marco ha sido fuertemente implementado para la niñez y la adolescencia y se

han abierto condiciones que favorecen el desarrollo de iniciativas con las

juventudes.

- La evolución de los paradigmas en las políticas de juventud que ha incorporado

iniciativas de organismos internacionales y nacionales en el fomento de planteamientos

incluyentes de las juventudes. Al respecto, ya efectuamos los señalamientos

en el cuadro anterior.

2. Características de una política pública de juventud

Analizaremos algunas precisiones respecto a las políticas de juventud. Las propuestas

avanzadas de políticas de juventud buscan conjugar la acción del Estado y la sociedad civil

a fin de integrar plenamente a las mujeres y hombres jóvenes del país a los procesos de

transformación económica, social, política y cultural. Aspiran a la inclusión de las juventudes

en el desarrollo nacional disfrutando de todos los derechos sociales, culturales, políticos,

civiles y económicos.

Son políticas fundamentadas participativamente, consultadas y validadas por las juventudes

de los países, por diversos sectores estatales y de la sociedad civil. Es importante que

JUVENTUD

17

5 Los mismos están desarrollados en la Carta Internacional de Derechos Humanos que es

un conjunto integrado por tres textos: la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948),

el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966) y el Pacto

Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966). Se incluyen en la carta, los dos protocolos

optativos. Documentos que fueron revisados y ratificados por los países en la Conferencia

Mundial de Derechos Humanos (Viena, 1993). Existen otras normas adicionales, derivadas de

las anteriores que han constituido otros tantos refinamientos de las normas jurídicas internacionales

relativas a una gama muy amplia de cuestiones, entre ellas los derechos de la mujer,

la protección contra la discriminación racial, la protección de los trabajadores migrantes, los

Derechos del Niño y muchas otras.

incorporen sus lineamientos en el marco general de políticas socioeconómicas de tal modo

que se favorezca el trabajo integral y se creen oportunidades y condiciones para la población

joven.

Como política pública una política de juventud:

- es el marco orientador de un sistema de acciones, donde existen múltiples componentes

que dan cuenta de esta orientación a lo común.

- Se caracteriza por dar cuenta de los intereses de los diferentes actores de la

sociedad. Expresa el horizonte de las perspectivas conjuntas de las acciones,

tanto de las instituciones de gobierno como de la sociedad en general, y cifra

importantes expectativas con relación a la participación activa de una pluralidad

de actores, entre los cuales las juventudes deben adquirir relevancia creciente.

- Requieren la articulación intersectorial de la oferta estatal, la coordinación de

ésta con diversos actores sociales, en particular, la incorporación de los esfuerzos

y conocimientos generados por la sociedad civil y la consolidación de espacios

de participación creciente y responsable de la juventud.

Como política de Estado una política de juventud:

- pretende ser un marco y compromiso político de largo plazo, que posibilite los

procesos sociales necesarios para la consolidación de un contexto nacional equitativo

integrado.

La política pública de juventud:

tiene como meta ser el marco articulador de las políticas y la legislación nacional, para

propiciar y concretar en un Plan de Acción el abordaje de las personas jóvenes de manera

integral, estratégica y palpable.

- El Plan de acción traduce la Política a la acción. Cómo se llevará a cabo, quiénes

serán los responsables y los recursos asignados. El plan de Acción es elaborado

participativamente de acuerdo a la orientación política y filosófica de la Politica

de Juventud aprobada. Su elaboración establece nuevos desafíos en el campo

de los conocimientos y formación de capacidades para desarrollar propuestas

transversales de políticas públicas de juventud.

- Una política pública de juventud debiera contemplar las siguientes características

de coherencia y aplicación6:

- una representación o discurso sobre la juventud y su realidad ciudadana, exento

de estereotipos y discriminación.

JUVENTUD

18

6 Basado en la Política Pública de la Persona Joven de Costa Rica.

- Un marco normativo que propicia y respalda la realización de la condición de

ciudadanía en las y los jóvenes. Frecuentemente una Ley de Juventud.

- El marco para una oferta programática que garantiza al ejercicio de los derechos

sociales, culturales y económicos de la juventud, mediante modelos de gestión

abiertos a la participación de los propios jóvenes y de su entorno social de forma

género sensitiva.

- El establecimiento de un Sistema de Juventud que articula la participación de las

juventudes en red y establece vías de interlocución para la toma de decisiones

con las instituciones de juventud y entidades pertinentes.

- Mecanismos institucionales y de gestión en red con las y los jóvenes, sustentados

en una rectoría clara, con alto rango, capaz de fijar horizontes y desconcentrar

permanentemente las acciones y las responsabilidades.

- Los recursos humanos y financieros necesarios para su implementación, donde

los recursos fiscales no sólo deben ser una de las fuentes posibles, sino la más

importante.

- Un mayor y mejor aprovechamiento de los recursos estatales mediante la rectoría

en materia de juventud, la incorporación de una metodología de abordaje

interinstitucional e intersectorial, los aportes de los enlaces con la sociedad

civil, y con la participación de quienes se constituyen en sujetos y actores de las

políticas: las personas jóvenes.

- Un soporte de investigación que incluya la participación de los y las jóvenes y un

marco en el cual la actividad científica sea aplicada al desarrollo de las personas

jóvenes y sus condiciones de vida. A menudo Observatorios de la Juventud.

- Un conjunto articulado de mecanismos de comunicación pública que permita la

circulación multidireccional de:

a) la información sobre la situación, normativa, y oportunidades existentes en

materia de desarrollo juvenil.

b) el funcionamiento de la propia política pública de juventud -y de los asuntos

públicos en general- que permita la visibilidad de las iniciativas, la escrutabilidad

ciudadana respecto del uso de los recursos, los resultados y la evaluación

de las acciones.


(MATERIAL EXTRAIDO DE EL LIBRO "POLITICAS DE JUVENTUD EN LATINOAMERICA, ARGENTINA EN PERSPECTIVA" Copiladores: Elisabet Gerber - Sergio Balardini)


jueves, 20 de mayo de 2010

Nueva ordenanza para legislar el servicio público de Remis

Damos a conocer la ordenanza que tiene despacho favorable por parte de la Comisión de Obras Públicas, integrada por los Concejales Florito y Goris.-

VISTO:

La Ordenanza Nº 007/1994; y

CONSIDERANDO:

Que durante los últimos años transcurridos se han producido cambios y modificaciones en la prestación del servicio de Remis;

Que el crecimiento poblacional y vehicular de nuestra ciudad hace necesario contemplar nuevas situaciones en la prestación de este servicio público;

Que es de fundamental importancia establecer normas claras para su aplicación a los efectos de que no haya interpretaciones erróneas;

PROYECTO DE ORDENANZA

Capítulo I

De los permisionarios

Artículo 1º: Considérese permisionario del servicio de automóviles Remises, a toda aquella persona física o jurídica que siendo titular de uno o más vehículos, se dedique a prestar el servicio de transporte de personas con o sin equipaje, en automóviles de categoría particular con uso exclusivo del vehículo por parte del pasajero, mediante una retribución en dinero.

Artículo 2º: La autorización para acceder a la condición de permisionario de un servicio de coches Remises, será extendida a toda persona física o jurídica que acredite el cumplimiento de los siguientes requisitos:

a) Acreditar su identidad personal o la existencia de una sociedad debidamente constituida inscripta en el Registro Público de Comercio.

b) Constituir domicilio legal en la ciudad de San Javier.

c) Acompañar certificado de buena conducta del solicitante particular o de los integrantes de la sociedad cuando se trate de personas jurídicas.

d) Acreditar la titularidad del o de los vehículos afectados al servicio, por parte del solicitante particular, o de la sociedad cuando se trate de personas jurídicas.

Artículo 3º: Los titulares del servicio de coches Remises, serán responsables de mantener actualizada la nómina del personal y la totalidad de la documentación que exige la Municipalidad para los vehículos afectados al servicio. Ambas nóminas y la documentación mencionada deberán incorporarse a un legajo especial llevado en la dependencia que establezca el órgano de aplicación correspondiente.

Artículo 4º: Los permisionarios del servicio de coches Remises deberán acreditar en todo momento la vigencia de seguros que cubran riesgos por responsabilidad civil, daños a terceros sin límite, y daños a pasajeros y cosas transportadas, respecto de cada uno de los vehículos afectados al servicio.

Artículo 5º: Los permisionarios deberán estar inscriptos solo en una de las Agencias de Remises autorizadas.

Capítulo II

De las Agencias

Artículo 6º: A los fines de la administración de los coches Remises, deberán constituir una Agencia de Remises, cualquier persona física o jurídica, permisionarios o no, con una cantidad mínima de tres (3) vehículos (uno como mínimo tiene que ser del titular de la agencia) en servicio por Agencia y un máximo de 10 unidades. Los permisionarios agrupados en una Agencia serán solidariamente responsables del cumplimiento de la presente Ordenanza y de cualquier daño a terceros, derivado de la prestación del servicio. Las Agencias deberán contar, a los fines de su cometido, con la correspondiente habilitación otorgada por el organismo que determine el Departamento Ejecutivo Municipal.

Artículo 7º: Las Agencias deberán prestar el servicio durante las veinticuatro (24) horas del día, todos los días del año, pudiendo al efecto organizar turnos entre los distintos vehículos agrupados en cada una de ellas.

Artículo 8º: La central de radio llamadas con que cuenten las Agencias, deberán acreditar la respectiva autorización extendida por el Organismo Nacional y/o Provincial con competencia al respecto.

Artículo 9º: La Agencias deberán disponer obligatoriamente de un local en el que funcione la administración, con sala de espera, teléfono y baño, además de playa de estacionamiento, no pudiendo en ningún caso usar la vía pública para el estacionamiento de los vehículos afectados al servicio. En todos los casos los locales deberán cumplir con los requisitos exigidos por las normas legales de higiene y seguridad. Las Agencias deberán poner a disposición de los usuarios un Libro de Quejas, en los que éstos podrán asentar cronológicamente reclamos por incorrecta prestación del servicio o por trato indebido de su personal o sus conductores.

Artículo 10: A los efectos del contralor de la totalidad de los vehículos por parte de la Agencia, ésta deberá disponer en el local habilitado de un Libro Registro donde constará la cantidad de unidades, marcas, modelos, y chapa patente. Este libro deberá ser visado con sello y firma del Departamento de Gobierno Municipal.

Capítulo III

De los vehículos

Artículo 11º: Los vehículos afectados a estos servicios deberán reunir las siguientes condiciones para su habilitación:

a) Ser tipo automóvil sedán, rural o combi, categoría particular, modelo de hasta no más de quince (15) años de antigüedad para el año 2010, para el año 2011 de catorce (14) años, para el 2012 de 13 años y para el 2013 de 12 años con la capacidad que determine el fabricante para cada tipo de vehículo.

b) Deberán estar en perfecto funcionamiento y estado sus partes mecánicas estéticas, estando facultado el Departamento Ejecutivo Municipal a través de la dependencia correspondiente para efectuar las inspecciones periódicas sobre estas condiciones, como así para exigir el máximo estado de higiene.

c) Estar radicado en la ciudad de San Javier, y a nombre del permisionario, sea este una persona física o jurídica

d) Mantener al día el pago de los impuestos provinciales y/o municipales a los automotores, multas, Derecho de Registro e Inspección y todo otro que afecte la actividad tanto personal como los que las reglamentaciones de habilitación de actividades lucrativas determina.

e) Cumplir con la Revisión Técnica Vehicular Obligatoria, que determinen los organismos nacionales, provinciales y municipales.

f) Llevar adherida la oblea provista por el órgano de aplicación de la presente que contenga referencias a la habilitación e identificación del vehículo autorizado, que permita su lectura desde el exterior del vehículo.

g) Los autos declarados en uan agencia que no sean propiedad del titular de la misma tienen que presentar un contrato de prestación de servicio como minimo por un año, no pudiendo inscribirse en otra agencia por dicho periodo luego de ese tiempo puede solicitar su traspaso de agencia siempre que esta ultima se encuadre dentro del articulo 6 de la presente.

Artículo l2º: La habilitación de los vehículos se otorgará por el término de un (1) año y será renovable por idénticos períodos, siempre que este al dia con D:R.I, Multas a vehículos afectados a la agencia, multas a la agencia por apercibimientos y patentes automotor. Pudiendo también ser dejados sin efecto en cualquier momento si se comprobase que la unidad y/o su conductor han dejado de cumplir alguna de las obligaciones contenidas en la presente ordenanza.

Capítulo IV

De los conductores

Artículo 13º: Los conductores de vehículos afectados al servicio de coches Remises, para su habilitación como tales, deberán cumplir con los siguientes requisitos:

a) Poseer carnet habilitante para conducir vehículos de transporte de pasajeros (4º categoría) otorgado por la Dirección de Transporte de la Provincia .

b) Acredita anualmente, mediante la presentación de certificado policial, buena conducta y carencia de antecedentes policiales.

c) Poseer libreta sanitaria expedida por el organismo competente.

d) Tener constituido domicilio y residencia comprobada en la ciudad de San Javier.

e) Conocimiento integral de la ciudad, en especial nombre y ubicación de calles, avenidas, plazas, hospitales, sanatorios, escuelas, establecimientos comerciales e industrias de mayor importancia, bancos y toda institución y/o lugares que por su relevancia social y afluencia de público se considere de interés.

f) No podrán ser conductores de coches remixes, los empleados de la Planta Permanente o Transitoria de este Municipio, que por sus funciones cumplan tareas de inspección y/o control en cualquier área y que tenga relación con el servicio de de coches Remises.

Artículo 14º: Los conductores están obligados a cumplir las siguientes disposiciones:

a) Acudir al requerimiento de cualquier persona y a transportar su equipaje si estuviera disponible.

b) Cumplir con las normas de tránsito Municipal, Provincial y Nacional.

c) Vestir correctamente y prestar esmerada atención al público

d) No utilizar el coche Remis para otras tareas que no sea la prestación del servicio público en el horario de atención obligatoria

e) Cargar y descargar el equipaje del pasajero, sin ninguna remuneración especial y cobrar la tarifa exhibida o pactada, solamente desde el lugar y/o momento en que el usuario ocupe el vehículo para su traslado.

Artículo 15º: No están obligados:

a) Efectuar recorridos fuera de la zona urbanizada, con excepción de los viajes previamente acordados.

b) Trasladar personas en horas de la noche que se nieguen a identificarse, pudiendo requerir la colaboración policial si fuera necesario para tal fin.

c) Trasladar personas en evidente estado de ebriedad.

d) Transportar bultos, baúles, animales o cualquier otro objeto que por su tamaño o conformación puedan ocasionar deterioros del automóvil.

Artículo 16º : A los conductores de coches Remises les está expresamente prohibido:

a) Tomar pasajeros en la vía pública que no hubiesen solicitado previamente el servicio en la Agencia.

b) Llevar acompañante sin la conformidad del pasajero, salvo en horario nocturno y en carácter de custodio y/o protección.

c) Incorporar pasajeros con distinto destino, sin previa conformidad de los mismos.

d) Incorporar pasajeros en número superior al permitido.

e) Fumar en el interior del vehículo.

f) Hacer funcionar la radio, equipos de música y/o cualquier otro que emita sonidos, sin el consentimiento del pasajero.

Capítulo V

De las tarifas

Artículo 17: En virtud de lo establecido de la Ley Orgánica Nº 2756, el Concejo Municipal establecerá tarifas máximas del servicio, con la frecuencia que lo estime conveniente, las que serán comunicadas a las Agencia y/o Permisionarios en forma fehaciente. Por su parte las Agencias deberán comunicar a la Municipalidad toda modificación que produzcan en las tarifas, con cinco (5) días hábiles de antelación a su puesta en vigencia y deberán exhibir, tanto en la sede de la administración como en cada vehículo afectado al servicio, a la vista de los usuarios, copias de las mismas firmadas y selladas por el funcionario correspondiente.

Capítulo VI

Penalidades

Artículo 18º: Las infracciones a las disposiciones específicas de la presente Ordenanza serán sancionadas de la siguiente forma:

a) Por cada infracción que se cometa, tanto sea por falta a sus obligaciones por parte de los conductores, como por no encuadrarse el vehículo, a las condiciones exigidas para el servicio, dará lugar a que la Agencia respectiva sea apercibida.

b) La suma de tres (3) apercibimientos por parte de la Agencia respectiva la hará pasible del pago de una multa, equivalente a cien (100) litros de nafta común.

c) Cuando las Agencias sumen más de tres (3) apercibimientos, se harán pasibles a partir del cuarto apercibimiento, del pago de una multa equivalente al doble del establecido en el inciso b) del presente artículo.

d) Si se comprobare que el conductor ha hecho o a infligido a los pasajeros agresión física o verbal, si condujera en estado de ebriedad o fuera adepto a drogas inhibitorias, quedará inhabilitado para el Servicio Público de Pasajeros de cualquier naturaleza, en forma definitiva, sin perjuicio de la aplicación concurrente de las normas vigentes sobre la materia.

Artículo 19º: Las sanciones que se apliquen en virtud de esta Ordenanza serán recurribles con efecto devolutivo, ante el Departamento Ejecutivo Municipal, dentro de los cinco (5) días de haberse notificado la medida por el Departamento de Gobierno, debiéndose aportar pruebas con suficiente entidad a tal fin.

Capítulo VII

Disposiciones Complementarias

Artículo 20º: Las Agencias que en la actualidad se encuentran autorizadas, dispondrán de un lapso de noventa (90) días para encuadrarse en las disposiciones establecidas precedentemente.

Artículo 21º: El Departamento Ejecutivo Municipal, llevará los registros que sean pertinentes, y vigilará estrictamente el fiel cumplimiento de la presente Ordenanza.

Artículo 22º: El Departamento Ejecutivo Municipal reglamentará la presente Ordenanza, mediante Decreto correspondiente.

Artículo 23º: Deróguese la Ordenanza Nº 007/1994 y cualquier otra norma que se oponga a la presente.

Artículo 24º: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación y archívese.